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El Gobierno convoca audiencia pública para ajustar tarifas de gas y su regulación
Enargas organiza una revisión tarifaria para definir los nuevos precios y metodología de ajustes periódicos, con participación ciudadana y de prestadoras de servicios.
El Gobierno Nacional, mediante la Resolución 16/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial, convocó a una audiencia pública para definir los nuevos precios de las tarifas de transporte y distribución de gas, así como la metodología para futuros ajustes periódicos. El evento, organizado por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), se realizará el jueves 6 de febrero a partir de las 9, de forma virtual, tal como se ha hecho en instancias previas.
Entre los temas principales de la convocatoria se encuentran:
- La revisión quinquenal de tarifas de transporte y distribución de gas.
- La metodología de ajuste periódico de las tarifas.
- La modificación del Reglamento de Servicio de Distribución, específicamente en lo referente a los cortes de servicio por falta de pago.
El llamado incluye a todas las Licenciatarias de Transporte y Distribución de gas del país y se enmarca en el actual proceso de revisión tarifaria llevado adelante por Enargas. Según lo expresado oficialmente, “la participación de la ciudadanía y de las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas es previa a la adopción de la decisión pública, y coadyuva a que sean ponderados conforme la normativa de aplicación, las exposiciones o presentaciones que se formulen”.
El Ejecutivo busca cumplir con la revisión del sistema de ajuste de tarifas estipulado cada cinco años para establecer las nuevas tarifas máximas. Estas deberán respetar principios como:
a) Proveer a transportistas y distribuidores ingresos suficientes para cubrir costos operativos, impuestos, amortizaciones y una rentabilidad razonable.
b) Considerar las diferencias en los tipos de servicios, ubicación geográfica, distancia a los yacimientos y otras modalidades relevantes.
c) Incluir en el precio final los costos de adquisición del gas.
d) Asegurar el mínimo costo compatible con la seguridad del abastecimiento.
En cuanto a la modificación del Reglamento de Servicio de Distribución, se aclaró que el corte del servicio solo se permitirá por falta de pago relacionada con los conceptos vinculados exclusivamente a la prestación del servicio, según lo determine la Autoridad Regulatoria.
